EL PISCINAZO
EL PISCINAZO
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© Fernando Garrido, 15, IX, 2026
Voy a contar una breve historia ejemplar.
Figurémonos un edificio residencial construido a principios del pasado siglo. El actual presidente de turno de la Comunidad de Propietarios se ha propuesto instalar una piscina en la cubierta, pero la mayoría no está de acuerdo por varias y distintas razones.
Una de ellas es que se podría poner en riesgo la estabilidad del edificio; otra, que la derrama será descomunal, junto a la nada despreciable cuota ordinaria mensual que ascendería de manera significativa por los cuantiosos gastos de agua, mantenimiento y socorrista que conlleva, a lo que se suma las cada vez más elevadas tasas e impuestos: IBI, basuras, IRPF, etcétera, que para algunos ya resultan difíciles de pagar.

Además, otros tantos vecinos, algo más desahogados, no encuentran atractivo ni utilidad a una piscina que no van a usar, porque en los meses de verano marchan de vacaciones o acuden con un bono muy económico a la piscina municipal, no muy lejana de allí.

Así las cosas, el presidente sabe que su ambicionado proyecto va a ser rechazado en la preceptiva Junta General. Pero se le ocurre una feliz idea: busca en el archivo de la Comunidad el nombre y razón de los antiguos propietarios, o de sus descendientes si aquellos hubiesen fallecido. Con esa información sobre la mesa elabora un nuevo censo de la comunidad para que le salgan los números de apoyo. A tal fin convoca una junta extraordinaria, cuyo propósito es modificar los estatutos de la Comunidad. Reunión a la que acuden sólo los vecinos que estaban previamente de acuerdo, porque mediante una artimaña en el buzoneo de la notificación nadie más se enteró.

Una vez aprobada de tal forma la nueva cláusula estatutaria, al mes siguiente convoca la Junta General en tiempo y forma, cuya orden del día incluye como punto final la decisión sobre la piscina en el tejado.
Llegada la fecha y el momento, la votación a mano alzada arroja un rechazo mayoritario del 80%. Pero, ante el asombro de la mayoría, el presidente saca de su bolsillo una treintena de sobres con votos de los herederos de primera o segunda generación de aquellos viejos propietarios, localizados en otros barrios, ciudades e incluso en el extranjero. Los va abriendo uno a uno, resultando que 29 de ellos se muestran favorables a la piscina, con lo que la votación queda con un 60% a favor de su instalación que así queda aprobada.

Aunque se monta un gran revuelo de los vecinos que, atónitos, protestan enérgicamente por el indecente piscinazo-pucherazo, el presidente explica que la validez de la votación es perfectamente legal según la reciente modificación de los estatutos de la Comunidad. Haciendo a continuación un discurso melodramático donde justifica la existencia de una deuda moral e histórica con aquellas personas que habitaron allí en el pasado y se vieron impelidas, por las razones que fueren, a vender sus viviendas y marchar a otros lugares buscando mejor acomodo; añadiendo que, su contribución al vecindario y sostenimiento del edificio fue decisiva para que aquellos antiguos pisos, hoy reformados y adaptados a los tiempos presentes, puedan ser disfrutados incluso con piscina; siendo necesario ese humano reconocimiento y recompensa, otorgándoles el derecho a voto, así como el uso y disfrute de cualquier espacio o instalación común de la finca.

Moraleja (sólo para despistados):
¿Podría darse el caso de que el gobierno de una nación sea decidido por quienes no habitan ni habitaron en ella, ni han contribuido ni contribuirán a su sostenimiento moral ni económico y que, por tanto, tampoco padecerán las consecuencias de ello? ¿Sería justo y democrático que eso sucediese?










